Articulo 33 Funcionamiento de servicios residenciales, de día y ambulatorios de ...s e inclusión social
Articulo 33 Funcionamiento de servicios residenciales, de día y ambulatorios de las áreas de mayores, discapacidad, trastorno mental, atención a menores e inclusión social
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»Artículo 33. Actos sujetos a comunicación previa.
Vigente
Quedan sujetos a comunicación previa, los siguientes actos:
a) El cambio de titularidad en la prestación de los servicios sociales.
b) La prestación de servicios ambulatorios que se ofrecen a la ciudadanía en los servicios sociales de atención primaria y/o especializada o en el propio domicilio, donde la atención se establece normalmente de forma programada y conlleva un contacto entre el personal cualificado y la persona usuaria. Este tipo de atención puede ser puntual o periódica en el tiempo.
c) El cese del servicio por parte de personas o entidades del sistema de servicios sociales que no forman parte del sistema público ni han percibido subvenciones relacionadas con el servicio.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 17-12-2020 en vigor desde 17-03-2021