Articulo 33 Función pública de I. Balears
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»Artículo 33. Adscripción de los puestos de trabajo del personal funcionario
Vigente
La relación de puestos de trabajo del personal funcionario, considerando las características de cada puesto, puede adscribir los puestos a uno o más cuerpos, escalas, especialidades o grupos de clasificación.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 03-04-2007 en vigor desde 03-07-2007