Articulo 33 Formación Profesional
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Artículo 33. Estructura, duración y acceso.

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1. La estructura y duración de cada oferta formativa de Grado B se establecerá teniendo en cuenta la carga horaria del módulo profesional correspondiente, según el currículo aprobado por la administración competente.

2. A efectos de acceso a formaciones de Grado B, no se exigen requisitos académicos ni profesionales, aunque se han de poseer las habilidades de comunicación lingüística suficientes que permitan el aprendizaje, así como las competencias previas necesarias para cursar con aprovechamiento esta formación, en función del nivel 1, 2 o 3 del estándar de competencia profesional al que esté asociada.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 01-04-2022 en vigor desde 21-04-2022