Articulo 33 Espectáculos públicos y actividades recreativas de C León
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Articulo 33 Espectáculos públicos y actividades recreativas de C. León

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Artículo 33. Responsables.

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1. Serán sujetos responsables de las infracciones administrativas contempladas en esta ley las personas físicas y jurídicas, así como las entidades sin personalidad jurídica, que incurran en las acciones u omisiones tipificadas en la misma.

2. Los titulares de los establecimientos públicos e instalaciones y los organizadores de espectáculos públicos y actividades recreativas serán responsables solidarios de las infracciones administrativas reguladas en la presente Ley que sean cometidas por quienes intervengan en el espectáculo o actividad.

3. Cuando exista una pluralidad de responsables a título individual y no fuera posible determinar el grado de participación de cada uno en la realización de la infracción responderán todos ellos de forma solidaria.

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