Articulo 33 Educación del País Vasco
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Artículo 33.- Convivencia, coeducación e interculturalidad.

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1.- El valor de la convivencia comporta educar para la democracia y en el respeto de lo público, con especial sensibilidad hacia la conservación del planeta a través de la sensibilización y el conocimiento.

2.- La convivencia, la coeducación y la interculturalidad son, por tanto, bases fundamentales del modelo vasco de enseñanza. A tal efecto, el Sistema Educativo Vasco persigue:

a) Estimular la convivencia positiva por medio del desarrollo de competencias transversales que fomenten la autonomía del alumnado, a través del desarrollo del saber y de sus aplicaciones, la autogestión efectiva, el fomento de la autoestima y de la educación emocional, la creatividad, el trabajo en equipo, la contribución a la toma de decisiones, así como la comunicación y escucha efectivas, la empatía y la gestión de conflictos por sistemas alternativos, como la mediación y la resolución de conflictos en términos de responsabilidad, y aplicando, cuando ello sea posible, mecanismos de diálogo restaurativo, sin perjuicio de la aplicación, si procede, de medidas correctoras.

b) Abogar, particularmente, por la educación intercultural y el respeto de quienes tienen creencias religiosas diversas, alejando estereotipos ajenos o propios, y fomentado una efectiva capacidad de inclusión como paradigma de una convivencia positiva. La orientación del Sistema Educativo Vasco hacia la diversidad implicará una atención singular a la persona y a lo que el alumnado precise en cada momento.

c) Garantizar una educación orientada a la equidad e igualdad de mujeres y hombres, así como en lo que afecta a la orientación sexual, impidiendo la aparición de conductas o actitudes discriminatorias y facilitando que cada persona, conforme vaya avanzando en el desarrollo personal y en las diferentes etapas del sistema educativo, construya su propia identidad, particularmente en lo que respecta a su dimensión afectivo-sexual, abogando para ello por una educación afectiva y sexual en igualdad, con el crecimiento personal y el desarrollo de una actitud positiva y responsable hacia la sexualidad como objetivos.

3.- La promoción de la convivencia es responsabilidad de la comunidad educativa en su conjunto, y está directamente relacionada con las competencias básicas que debe desarrollar el alumnado, especialmente con el desarrollo de competencias personales, tales como la autonomía, la autogestión eficiente, el autocontrol emocional y la toma de decisiones, así como de su capacidad social, comunicación, empatía y gestión positiva de conflictos.

4.- La coeducación se configura como un eje fundamental del sistema educativo para el desarrollo integral del alumnado. La coeducación se desarrollará, en lo que afecta a sus singularidades, su extensión y su adecuación, en cada proyecto educativo.

5.- Atendiendo a la diversidad de creencias de la sociedad vasca actual, los centros educativos vascos financiados con fondos públicos garantizarán la convivencia, sin perjuicio de su carácter propio, y con respeto, en todo caso, de las diferentes creencias religiosas, contribuyendo al conocimiento básico de las diferentes manifestaciones religiosas, con interdicción de cualquier tipo de adoctrinamiento.

6.- A través de los consejos educativos municipales, se fomentarán en los centros modelos de convivencia que tiendan a imbricar la escuela en el tejido social, abriendo asimismo tales espacios educativos a la interacción constante con la sociedad.

7.- La educación basada en la inclusión ha de asegurar que el alumnado proveniente de fuera de la Comunidad Autónoma se incorpore plenamente al sistema educativo, facilitando su acceso, permanencia y progreso en el aprendizaje.