Articulo 33 Deporte de Madrid

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Artículo 33. Naturaleza.

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1. Las Federaciones Deportivas de la Comunidad de Madrid son entidades privadas sin ánimo de lucro con personalidad jurídica propia, cuyo ámbito de actuación se extiende al conjunto del territorio de la Comunidad de Madrid, en el desarrollo de las competencias que le son propias, integradas por clubes, deportistas, Técnicos, Jueces y Arbitros y otras personas físicas o jurídicas que promuevan, practiquen o contribuyan al desarrollo del deporte.

2. Las Federaciones Deportivas de la Comunidad de Madrid, además de sus propias atribuciones, ejercen por delegación funciones públicas de carácter administrativo, actuando en este caso como agentes colaboradores de la Administración Pública.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 11-01-1995 en vigor desde 12-01-1995