Articulo 33 Comercio Inte...e Asturias

Articulo 33 Comercio Interior de Asturias

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Artículo 33. Requisitos.

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1. La venta de promoción deberá ir precedida o acompañada de la suficiente información al público, en la que habrán de figurar con claridad los siguientes aspectos:

a) El producto o productos objeto de promoción.

b) Las condiciones de venta, precio habitual y descuento.

2. La venta en promoción requiere disponer de existencias suficientes para hacer frente a la oferta.

3. Si llegasen a agotarse durante la promoción las existencias de alguno de los productos ofertados, el comerciante deberá entregar al comprador un compromiso de reserva del producto seleccionado, que deberá poner a su disposición en el plazo máximo de una semana, en las mismas condiciones y precio de la oferta. Si no pudiese atender dicha demanda en el plazo señalado, deberá sustituir dicho producto por otro de similares condiciones y características.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 24-12-2010 en vigor desde 25-12-2010