Articulo 33 Comercio Interior de Asturias
Artículo 33. Requisitos.
1. La venta de promoción deberá ir precedida o acompañada de la suficiente información al público, en la que habrán de figurar con claridad los siguientes aspectos:
a) El producto o productos objeto de promoción.
b) Las condiciones de venta, precio habitual y descuento.
2. La venta en promoción requiere disponer de existencias suficientes para hacer frente a la oferta.
3. Si llegasen a agotarse durante la promoción las existencias de alguno de los productos ofertados, el comerciante deberá entregar al comprador un compromiso de reserva del producto seleccionado, que deberá poner a su disposición en el plazo máximo de una semana, en las mismas condiciones y precio de la oferta. Si no pudiese atender dicha demanda en el plazo señalado, deberá sustituir dicho producto por otro de similares condiciones y características.
- Texto Original. Publicado el 24-12-2010 en vigor desde 25-12-2010