Articulo 33 Básica de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y Navegación
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»Artículo 33. Tutela de la Cámara Oficial de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de España.
Vigente
La función de tutela sobre esta corporación corresponderá a la Administración General del Estado, a través del Ministerio de Economía y Competitividad.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 02-04-2014 en vigor desde 03-04-2014