Articulo 33 Áreas de prom...ica urbana

Articulo 33 Áreas de promoción económica urbana

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Artículo 33. Proyecto de delimitación de las áreas de promoción económica urbana en polígonos de actividad económica

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El proyecto para la delimitación de un área de promoción económica urbana en un polígono de actividad económica debe incluir, además de lo establecido por el artículo 6, y a título informativo, la evaluación de la recaudación anual que se hace en el ámbito delimitado de acuerdo con el impuesto de bienes inmuebles sobre solares, terrenos y naves, así como por el impuesto de actividades económicas, en relación con el conjunto de las actividades empresariales que forman parte del área del polígono.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 24-12-2020 en vigor desde 13-01-2021