Articulo 33 Archivos y patrimonio documental
Artículo 33. Estructura.
El Subsistema Archivístico de la Administración de la comunidad autónoma de las Illes Balears ha de estar constituido por:
a) Los órganos y las unidades administrativas coordinadores en materia de archivos y patrimonio documental de la Administración de la comunidad autónoma de las Illes Balears, adscritos a la consejería competente en materia de cultura.
b) El Archivo del Reino de Mallorca, sin perjuicio de la legislación estatal que le afecta.
c) El Archivo Histórico de Maó, sin perjuicio de la legislación estatal que le afecta.
d) El Archivo de la Administración de la comunidad autónoma de las Illes Balears.
e) Los archivos centrales de las consejerías.
f) Los archivos de los organismos autónomos y de las empresas públicas con vinculación (o adscritas) a las consejerías del Gobierno de las Illes Balears.
g) Los archivos y documentos de titularidad privada que, por su naturaleza o ámbito de actuación pluriinsular, sean de interés cultural notable y suscriban un convenio de carácter administrativo con el Gobierno de las Illes Balears por el cual se comprometan a asumir las obligaciones que se deriven de la participación en el Subsistema Archivístico del Gobierno de las Illes Balears.