Articulo 3231 Código tributario de Cataluña
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»Artículo 323-1. Recursos económicos
Vigente
Los recursos del Instituto de Investigación Fiscal y Estudios Tributarios de Cataluña están constituidos por:
a) Las asignaciones con cargo a los presupuestos de la Generalidad.
b) Los rendimientos procedentes de los bienes y los derechos propios o que tienen adscritos.
c) Los rendimientos derivados de la recaudación de las tasas y precios públicos y, en general, de la prestación de servicios.
d) Otros recursos que le correspondan legalmente.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 03-08-2017 en vigor desde 04-08-2017