Articulo 3211 Código tributario de Cataluña
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Artículo 321-1. Naturaleza

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1. Se crea el Instituto de Investigación Fiscal y Estudios Tributarios de Cataluña, como organismo autónomo administrativo con personalidad jurídica propia y plena capacidad de actuación para cumplir sus funciones.

2. El Instituto de Investigación Fiscal y Estudios Tributarios de Cataluña se adscribe al departamento del Gobierno competente en materia de hacienda y dispone de autonomía funcional, financiera y de gestión para ejercer sus funciones.

3. El Instituto de Investigación Fiscal y Estudios Tributarios de Cataluña se rige por la presente ley y por las otras disposiciones que la desarrollan, por su estatuto de régimen interno, por la legislación reguladora de las entidades que conforman el sector público de la Generalidad y por las normas generales del derecho público.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 03-08-2017 en vigor desde 04-08-2017