Articulo 32 TR. Ley de ordenación del territorio
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»Artículo 32. Definición.
Vigente
Los Planes y Proyectos de Interés General de Aragón son instrumentos que tienen por objeto autorizar y regular la implantación de actividades de especial trascendencia territorial que hayan de asentarse en más de un término municipal o que, aun asentándose en uno solo, trasciendan de dicho ámbito por su incidencia territorial, económica, social o cultural, su magnitud o sus singulares características.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 20-11-2015 en vigor desde 21-11-2015