Articulo 32 Sindicatura de Cuentas

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Artículo 32. Competencias

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1. Corresponde al secretario o secretaria general, en cuanto al funcionamiento del Pleno:

a) Asesorar jurídicamente al Pleno y al resto de órganos de la Sindicatura. Este asesoramiento debe realizarlo directamente o mediante la Asesoría Jurídica.

b) Cumplir, en general, todas las funciones destinadas al ejercicio adecuado de las competencias del Pleno, de la Comisión de Gobierno y del síndico o síndica mayor en todo lo relativo al régimen interior de la Sindicatura.

c) Asistir, con voz pero sin voto, a las sesiones del Pleno y de la Comisión de Gobierno.

d) Comunicar a las personas interesadas, si procede, las decisiones del Pleno y de la Comisión de Gobierno.

e) Dar curso a las convocatorias de las reuniones ordinarias y extraordinarias del Pleno y de la Comisión de Gobierno.

f) Redactar y distribuir el orden del día del Pleno, de acuerdo con las instrucciones del síndico o síndica mayor.

g) Redactar las actas de las sesiones del Pleno y de la Comisión de Gobierno, y suscribirlas con el visto bueno del síndico o síndica mayor, después de que se aprueben.

h) Expedir las certificaciones relativas a actas, acuerdos y documentos que le han sido confiados para su custodia, con el visto bueno del síndico o síndica mayor.

2. Corresponde al secretario o secretaria general, en cuanto a la dirección administrativa y financiera de la Sindicatura de Cuentas:

a) Custodiar su Registro general y suscribir diariamente la diligencia de cierre después de haber inscrito todos los documentos que han tenido entrada en la Sindicatura o han salido de la misma, y custodiar el resto de la documentación.

b) Ejercer las facultades que en materia de personal y de administración le delegue cualquier órgano de la Sindicatura, y, en concreto, bajo la dirección superior del síndico o síndica mayor; actuar como jefe de personal de la Sindicatura.

c) Actuar como instructor en los expedientes abiertos con motivo de faltas cometidas por los funcionarios de la Sindicatura y elevar la correspondiente propuesta a la Comisión de Gobierno.

d) Asistir al síndico o síndica mayor en la elaboración del anteproyecto de presupuesto y en el proyecto de memoria anual de actividades de la Sindicatura.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 11-06-2010 en vigor desde 12-06-2010