Articulo 32 Sindicatura de Cuentas
Artículo 32. Competencias
1. Corresponde al secretario o secretaria general, en cuanto al funcionamiento del Pleno:
a) Asesorar jurídicamente al Pleno y al resto de órganos de la Sindicatura. Este asesoramiento debe realizarlo directamente o mediante la Asesoría Jurídica.
b) Cumplir, en general, todas las funciones destinadas al ejercicio adecuado de las competencias del Pleno, de la Comisión de Gobierno y del síndico o síndica mayor en todo lo relativo al régimen interior de la Sindicatura.
c) Asistir, con voz pero sin voto, a las sesiones del Pleno y de la Comisión de Gobierno.
d) Comunicar a las personas interesadas, si procede, las decisiones del Pleno y de la Comisión de Gobierno.
e) Dar curso a las convocatorias de las reuniones ordinarias y extraordinarias del Pleno y de la Comisión de Gobierno.
f) Redactar y distribuir el orden del día del Pleno, de acuerdo con las instrucciones del síndico o síndica mayor.
g) Redactar las actas de las sesiones del Pleno y de la Comisión de Gobierno, y suscribirlas con el visto bueno del síndico o síndica mayor, después de que se aprueben.
h) Expedir las certificaciones relativas a actas, acuerdos y documentos que le han sido confiados para su custodia, con el visto bueno del síndico o síndica mayor.
2. Corresponde al secretario o secretaria general, en cuanto a la dirección administrativa y financiera de la Sindicatura de Cuentas:
a) Custodiar su Registro general y suscribir diariamente la diligencia de cierre después de haber inscrito todos los documentos que han tenido entrada en la Sindicatura o han salido de la misma, y custodiar el resto de la documentación.
b) Ejercer las facultades que en materia de personal y de administración le delegue cualquier órgano de la Sindicatura, y, en concreto, bajo la dirección superior del síndico o síndica mayor; actuar como jefe de personal de la Sindicatura.
c) Actuar como instructor en los expedientes abiertos con motivo de faltas cometidas por los funcionarios de la Sindicatura y elevar la correspondiente propuesta a la Comisión de Gobierno.
d) Asistir al síndico o síndica mayor en la elaboración del anteproyecto de presupuesto y en el proyecto de memoria anual de actividades de la Sindicatura.
- Texto Original. Publicado el 11-06-2010 en vigor desde 12-06-2010