Articulo 32 Presupuestos Generales para 2022 de Extremadura
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Artículo 32. Oferta de Empleo Público.

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1. A lo largo del ejercicio 2022 la incorporación de nuevo personal en el sector público autonómico se realizará con sujeción a la normativa estatal de carácter básico. No computarán a estos efectos las plazas correspondientes a convocatorias pendientes de ejecución que deriven de ofertas públicas aprobadas, ordinarias o de estabilización.

2. La Oferta de Empleo Público, dentro de los límites establecidos en la Ley de Presupuestos Generales del Estado con carácter de básico, incluirá el número de plazas derivado de la tasa de reposición y las susceptibles de ser incluidas en procesos de estabilización adicionales si se autorizasen. La tasa de reposición se fijará con sujeción a los criterios establecidos en la normativa básica del Estado.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 31-12-2021 en vigor desde 01-01-2022