Articulo 32 Presupuestos 2019 Bizkaia
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Artículo 32. Endeudamiento y operaciones financieras en Sociedades Mercantiles Forales

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1. A 31 de diciembre de 2019, el saldo de deudas generadas por operaciones de endeudamiento a largo plazo de las sociedades mercantiles forales que a continuación se relacionan no podrá superar:

- Aparkabisa Bizkaiko Garraio Gunea, A.B.: 1.100.000,00 euros.

- Azpiegiturak, S.A.: 45.000.000,00 euros.

- Interbiak, S.A.: 761.600.000,00 euros.

- Sestao Bai, S.A.: 11.400.000,00 euros.

2. A 31 de diciembre de 2019, el volumen del endeudamiento comercial a largo plazo de las sociedades mercantiles forales que a continuación se relacionan no podrá superar:

- Aparkabisa Bizkaiko Garraio Gunea, A.B.: 241.377,00 euros.

- Azpiegiturak, S.A.: Un endeudamiento comercial máximo de hasta 17.000.000,00 de euros destinados a actuaciones recogidas en el Plan Foral de actuación en vivienda o a la promoción de suelo para el sector industrial.

- Sestao Bai, S.A.: por endeudamiento comercial 4.923.000,00 euros.

3. Las Sociedades mercantiles forales no podrán otorgar garantías ni realizar operaciones de endeudamiento en favor de terceros sin acuerdo expreso del Consejo de Gobierno, previo informe del Departamento de Hacienda y Finanzas.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 31-12-2018 en vigor desde 31-12-2018