Articulo 32 Personal estatutario de Instituciones Sanitarias
Articulo 32 Personal esta...Sanitarias

Articulo 32 Personal estatutario de Instituciones Sanitarias

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 32. Concurso-oposición.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


1. El concurso-oposición se desarrollará conforme las bases de la correspondiente convocatoria, y consistirá en la realización sucesiva, en el orden que determine la convocatoria, de la fase de oposición y la de concurso.

2. En la fase de concurso se valorarán, con arreglo a baremo, méritos directamente relacionados con el contenido de las plazas a proveer, entre ellos formación y experiencia profesional en la forma que determine cada convocatoria.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 28-12-2010 en vigor desde 28-01-2011