Articulo 32 Medidas Economicas, Fiscales y Administrativas 2004 C. León
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»Artículo 32. Modificación del apartado 1 del artículo 41.
Vigente
Se modifican las letras f) y h) del apartado 1 del artículo 41 de la Ley 12/2001, de 20 de diciembre, de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Castilla y León y se añade una nueva letra j), que quedan redactadas de la siguiente forma:
«Artículo 41. Cuotas.
1. Autorizaciones:
f) De inscripción en el Registro de Empresas relacionadas con las Máquinas Recreativas y de Azar: 112,85 euros.
h) De homologación de material de juego: 112,85 euros.
j) De interconexión de máquinas: 35 euros.»
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 31-12-2004 en vigor desde 01-01-2005