Articulo 32 Juventud de C. Valenciana -Derogada-
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»Artículo 32. El régimen de recursos
Vigente
Los actos emanados de los órganos del Consell de la Joventut de la Comunitat Valenciana, en cuanto estén sujetos al derecho administrativo, agotan la vía administrativa y serán directamente recurribles en la vía contencioso-administrativa.