Articulo 32 Formación Profesional
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»Artículo 32. Oferta de Grado B.
Vigente
1. El Grado B constituye el objeto de la oferta de carácter parcial y acumulable del Sistema de Formación Profesional referida a un módulo profesional incluido en el Catálogo Modular de Formación Profesional y conduce a la obtención de un Certificado de Competencia.
2. El Grado B de formación profesional podrá obtenerse bien por superación de esta formación, bien por acumulación de todas las acreditaciones parciales de competencia de Grado A incluidas en aquella formación que completen el correspondiente módulo profesional.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 01-04-2022 en vigor desde 21-04-2022