Articulo 32 desarrollo pa...o Español-

Articulo 32 desarrollo parcial de la Ley 16/1985 -Patrimonio Histórico Español-

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Artículo 32.

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1. El Ministerio de Cultura comunicará a los interesados la resolución adoptada.

2. La exclusión de un bien del Inventario general cancelará su inscripción en éste.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 28-01-1986 en vigor desde 29-01-1986