Articulo 32 Comercio Inte...e Asturias

Articulo 32 Comercio Interior de Asturias

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Artículo 32. Concepto.

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Se entiende por venta de promoción aquella que tiene por finalidad dar a conocer el nuevo producto o artículo o potenciar la venta de ciertos productos mediante la oferta de un artículo o grupo de artículos homogéneos.

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  • Texto Original. Publicado el 24-12-2010 en vigor desde 25-12-2010