Articulo 32 Carta de Dere... de la UE.

Articulo 32 Carta de Derechos Fundamentales de la U.E.

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 32. Prohibición del trabajo infantil y protección de los jóvenes en el trabajo

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


Se prohíbe el trabajo infantil. La edad mínima de admisión al trabajo no podrá ser inferior a la edad en que concluye el período de escolaridad obligatoria, sin perjuicio de disposiciones más favorables para los jóvenes y salvo excepciones limitadas.

Los jóvenes admitidos a trabajar deberán disponer de condiciones de trabajo adaptadas a su edad y estar protegidos contra la explotación económica o contra cualquier trabajo que pueda ser perjudicial para su seguridad, su salud, su desarrollo físico, psíquico, moral o social, o que pueda poner en peligro su educación.