Artículo 32 bis.
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Vigente
Las Administraciones Públicas de Navarra podrán convocar procesos de movilidad interna, dentro del ámbito de adscripción del personal a su servicio, que se realizarán con una periodicidad bienal conforme a las disposiciones que se dicten reglamentariamente.
Modificaciones
- Modificación realizada (32 bis (se añade)) por LEY FORAL 12/2023, de 29 de marzo, por la que se modifica el Texto Refundido del Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra, aprobado por Decreto Foral Legislativo 251/1993, de 30 de agosto.
(BON de 18-04-2023) en vigor desde 19-04-2023 - Texto Original. Publicado el 01-09-1993 en vigor desde 19-04-2023