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Articulo 32 Asistencia jurídica gratuita de Cantabria

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Artículo 32. Requisitos generales mínimos exigibles a los profesionales y formación y especialización.

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1. Los requisitos generales mínimos exigibles a los profesionales de la Abogacía y de la Procura serán los establecidos en el artículo 32 del Real Decreto 141/2021, de 9 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de asistencia jurídica gratuita.

2. La Consejería competente en materia de Justicia podrá exigir requisitos adicionales de formación y especialización, previo informe del Colegio de la Abogacía y del Colegio de Procuradores de Cantabria.