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Articulo 31 Servicios sociales de Andalucía -Derogada-

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Artículo 31. Régimen de infracciones y sanciones.

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Las infracciones administrativas en materia de Servicios Sociales serán objeto de las sanciones administrativas correspondientes, por los órganos competentes de la Junta de Andalucía, previa instrucción del oportuno expediente y sin perjuicio de las responsabilidades civiles, penales o de otro orden que puedan concurrir.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 12-04-1988 en vigor desde 13-04-1988