Articulo 31 Servicios sociales de Andalucía -Derogada-
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»Artículo 31. Régimen de infracciones y sanciones.
Vigente
Las infracciones administrativas en materia de Servicios Sociales serán objeto de las sanciones administrativas correspondientes, por los órganos competentes de la Junta de Andalucía, previa instrucción del oportuno expediente y sin perjuicio de las responsabilidades civiles, penales o de otro orden que puedan concurrir.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 12-04-1988 en vigor desde 13-04-1988