Articulo 31 Servicios de pago y otras medidas urgentes en materia financiera
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»Artículo 31. Carga de la prueba en relación con los requisitos de información.
Vigente
La carga de la prueba del cumplimiento de los requisitos en materia de información establecidos en el presente título y sus disposiciones de desarrollo recaerá sobre el proveedor de servicios de pago.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 24-11-2018 en vigor desde 25-11-2018