Articulo 31 Reglamento de...Industrial

Articulo 31 Reglamento de la Infraestructura para la Calidad y la Seguridad Industrial

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Artículo 31. Naturaleza y finalidad.

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Las entidades auditoras y de inspección, en adelante entidades auditoras, son las personas naturales o jurídicas cuya finalidad es determinar, a solicitud de carácter voluntario, si las actividades y los resultados relativos a la calidad satisfacen a los requisitos previamente establecidos y si estos requisitos se llevan a cabo efectivamente y son aptos para alcanzar los objetivos.