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Articulo 31 Reglamento General de Vehiculos

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Artículo 31. Renovación del permiso o licencia.

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El permiso o licencia de circulación habrán de renovarse cuando varíe la titularidad registral del vehículo.

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  • Texto Original. Publicado el 26-01-1999 en vigor desde 26-07-1999