Articulo 31 Reglamento de festejos taurinos tradicionales -bous al carrer-
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Articulo 31 Reglamento de festejos taurinos tradicionales -bous al carrer-

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Artículo 31. Elementos y características del cadafal

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1. La estructura del cadafal será metálica y no presentará signos de desperfectos, corrosión o abolladuras que disminuyan su resistencia o seguridad. En estos casos, deberán ser sustituidos cuando supongan una minoración de las condiciones de seguridad exigidas.

La parte superior del cadafal apta para la estancia de público admitirá una sobrecarga mínima de 500 kg/m² y sus elementos de protección horizontal un empuje de 300 kg/m. Dicha parte superior, tenga forma de graderío o de plataforma horizontal, podrá ser, no obstante, de madera siempre que no menoscabe las condiciones dimensionales y de resistencia requeridas.

Los elementos de protección horizontal tendrán una altura mínima de 1 metro.

Los barrotes verticales o montantes que conforman el cadafal cumplirán los requisitos dimensionales señalados para las barreras verticales.

Las escaleras de acceso del público a la parte superior de los cadafals se situarán en su parte interior de manera que no impidan ni obstaculicen el acceso desde el recinto taurino. No obstante, cuando la ubicación del cadafal dentro del recinto no permita la efectividad de esta disposición, los pasos entre barrotes obstaculizados por la escalera deberán ser objeto de cerramiento.

2. La instalación de cualquier otro elemento de cierre adicional no eximirá del cumplimiento de lo anteriormente regulado, sin mermar en ningún caso las condiciones de seguridad de participantes y espectadores.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 10-03-2015 en vigor desde 11-03-2015