Articulo 31 Prevención y ...ependencia

Articulo 31 Prevención y asistencia en materia de sustancias que puedan generar dependencia

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Artículo 31.

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1. Se prohíbe la venta a menores de edad de colas y otras sustancias o productos industriales inhalables de venta autorizada que puedan producir efectos nocivos para la salud y creen dependencia o produzcan efectos euforizantes o deprevisos.

2. El Consejo Ejecutivo determinará reglamentariamente la relación de productos a que se refiere el apartado 1.