Articulo 31 Presupuestos 2011 La Mancha
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Artículo 31. Plantilla presupuestaria.

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1. Constituye la plantilla presupuestaria de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y sus organismos autónomos el conjunto de puestos de trabajo dotados presupuestariamente, con las modificaciones que se aprueben en la misma conforme a los procedimientos que se establezcan.

El coste económico de la plantilla presupuestaria, con sus modificaciones, no excederá del importe total de los créditos consignados para retribuciones en el capítulo I del presupuesto de cada consejería u organismo autónomo.

Los créditos de personal no implicarán, en ningún caso, reconocimiento de derechos ni modificaciones de plantillas presupuestarias.

2. Corresponde a la consejería con competencias en materia de economía y hacienda autorizar la dotación y desdotación presupuestaria de puestos de trabajo, sin perjuicio de lo establecido en los artículos 35 y 36 respecto de las competencias del Servicio de Salud de Castilla-La Mancha y de la consejería con atribuciones en materia de educación, respectivamente.

3. Los puestos de trabajo que comprenden la plantilla presupuestaria deberán estar dotados en cómputo anual. La consejería con competencias en materia de economía y hacienda podrá exceptuar este requisito en los supuestos de reingreso al servicio activo del personal funcionario y del personal laboral.