Articulo 31 Políticas int...e juventud

Articulo 31 Políticas integrales de juventud

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Artículo 31. Educación en la participación

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1. La educación en la participación será uno de los ejes básicos de los planes de juventud y se facilitará la creación de estructuras de aprendizaje de la participación.

2. Se dará apoyo a los consejos municipales de infancia, a las asambleas de delegados y delegadas, al asociacionismo estudiantil, a los grupos de alumnado activo, a las asambleas y grupos coordinadores de estructuras y espacios jóvenes, a los foros jóvenes y a todas aquellas iniciativas que colaboran con el asociacionismo juvenil y los consejos locales de juventud en las oportunidades de educación en la participación.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 13-11-2017 en vigor desde 02-12-2017