Articulo 31 Medidas para la reforma de la Administración
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Articulo 31 Medidas para la reforma de la Administración

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Artículo 31. Modificación de la Ley 9/2013, de 3 de diciembre, de Pesca de Castilla y León.

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1. Se modifica el apartado 4 del artículo 6, que queda redactado como sigue.

«Artículo 6. Especies de Interés Preferente.

4. La consejería competente en materia de pesca, oído el órgano colegiado previsto en el artículo 67 de esta ley, podrá declarar mediante orden otras Especies de Interés Preferente».

2. Se modifica el apartado 1 del artículo 39, que queda redactado como sigue:

«1.- La consejería competente en materia de pesca, mediante orden anual, establecerá las normas reguladoras de la pesca en la Comunidad en consonancia con lo previsto en los instrumentos de planificación vigentes, debiéndose someter, con carácter preceptivo, a informe de los órganos con funciones de asesoramiento en materia de pesca».

3. Se modifica el título del Capítulo I del Título VII, que queda redactado como sigue:

«Capítulo I. De los Órganos de asesoramiento».

4. Se modifica el artículo 67, que queda redactado como sigue:

«Artículo 67. Órgano colegiado asesor.

1.- En la Administración de la Comunidad de Castilla y León existirá un órgano colegiado con funciones de asesoramiento en materia de pesca, adscrito a la consejería competente en la misma.

2.- Su composición, organización y funcionamiento se regularán reglamentariamente.

3.- Ejercerá las funciones y competencias que se le atribuyan por las disposiciones legales y reglamentarias, así como las que se le encomienden o deleguen».

5. Se modifica la disposición transitoria tercera, que queda redactada en los siguientes términos:

«Disposición Transitoria Tercera.

La composición y funciones de los Consejos Territoriales de Pesca continuarán rigiéndose por el Decreto 74/1999, de 15 de abril, por el que se establece la composición y régimen de funcionamiento de los Consejos de Pesca de Castilla y León, en tanto no se apruebe un nuevo decreto que los regule en aplicación de lo dispuesto por esta ley».

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 19-09-2014 en vigor desde 20-09-2014