Articulo 31 Medidas fisca...ganización

Articulo 31 Medidas fiscales, de gestión administrativa y financiera y de organización

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 31

Vigente

Tiempo de lectura: 2 min

Tiempo de lectura: 2 min


Se modifican el artículo 42, el artículo 49, se renumeran los capítulos I y II del título IV y se modifica el artículo 50, de la Ley 9/2003, de 2 de abril, de la Generalitat, para la Igualdad entre Mujeres y Hombres que quedan redactados como sigue:

TÍTULOIII

Igualdad y Administración Pública

Artículo 42. Publicidad nosexista en la Comunitat Valenciana

La Generalitat velará, de manera específica, por el cumplimiento del principio de igualdad y no discriminación en la publicidad en los medios de comunicación social o cualquier otro medio de difusión.

Artículo 49. Datos estadísticose investigaciones

El Consell de la Generalitat, impulsará la desagregación de datos por sexos en todas las estadísticas e investigaciones que se lleven a cabo en la Comunitat Valenciana, profundizará en el estudio e investigación sobre la realidad social desde una perspectiva de género, y dará cuenta de la evolución de los índices de igualdad de mujeres y hombres en el ámbito de la Comunitat Valenciana.

TÍTULOIV

Instituciones de Protección del Derecho a la Igualdad de Mujeres y Hombres

CAPÍTULOI

El Consejo Valenciano de las Mujeres

Artículo 50. El ConsejoValenciano de las Mujeres

Siendo que la Generalitat tiene la obligación de impulsar políticas tendentes a eliminar las discriminaciones respecto a las mujeres en nuestra Comunitat y promover la plena participación de las mujeres en la vida política, económica y social, resulta imprescindible contar con el asesoramiento de un órgano de participación como es el Consejo Valenciano de las Mujeres.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 30-12-2019 en vigor desde 01-01-2020