Articulo 31 Medidas fiscales, administrativas y de ordenación
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»Artículo 31. Obligatoriedad de relacionarse a través de medios electrónicos con la Administración para determinados procedimientos
Vigente
DEROGADO
Modificaciones
- Artículo modificado por LEY 4/2019, de 17 de julio, de administración digital de Galicia.
(DOGA de 26-07-2019) en vigor desde 15-08-2019