Articulo 31 Medidas fiscales y administrativas 2019 de Galicia
Articulo 31 Medidas fisca...de Galicia

Articulo 31 Medidas fiscales y administrativas 2019 de Galicia

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 31. Modificación de la Ley 2/2012, de 28 de marzo, gallega de protección general de las personas consumidoras y usuarias

Vigente

Tiempo de lectura: 2 min

Tiempo de lectura: 2 min


La Ley 2/2012, de 28 de marzo, gallega de protección general de las personas consumidoras y usuarias, queda modificada como sigue:

Uno. El número 6 del artículo 32 queda con la siguiente redacción:

«6. Las empresas deben actuar diligentemente para encontrar una solución satisfactoria a las reclamaciones presentadas. A estos efectos, la respuesta que por parte de las empresas se le dé al consumidor, además de tener que realizarse en el plazo establecido para ello y una vez presentada la reclamación, deberá, en todo caso, realizarse en papel u otro soporte duradero y dar contestación a todas las cuestiones expuestas por el consumidor, así como incorporar una motivación precisa y completa respecto de ellas en el caso de no acceder a las pretensiones del consumidor, sin que quepan contestaciones genéricas.

Además de lo anterior, las empresas deberán cumplir con los requisitos de información establecidos por la normativa que resulte de aplicación y, en especial, las exigidas en la Ley 7/2017, de 2 de noviembre, por la que se incorpora al ordenamiento jurídico español la Directiva 2013/11/UE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de mayo de 2013, relativa a la resolución alternativa de litigios en materia de consumo.».

Dos. Se añade un número 9 en el artículo 32 con la siguiente redacción.

«9. La acreditación del cumplimiento de las obligaciones establecidas en este artículo incumbirá a la empresa.».

Tres. Se añade un número 42 en el artículo 82 con la siguiente redacción:

«42. El incumplimiento por las empresas de las obligaciones de información previstas en el artículo 40 de la Ley 7/2017, de 2 de noviembre, por la que se incorpora al ordenamiento jurídico español la Directiva 2013/11/UE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de mayo de 2013, relativa a la resolución alternativa de litigios en materia de consumo, sin perjuicio de la existencia de otras posibles infracciones, en especial, en materia de información al consumidor que vengan establecidas en la normativa que resulte de aplicación.».

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 27-12-2019 en vigor desde 01-01-2020