Articulo 31 Medidas Económicas, Sociales y Tributarias frente a la Despoblación ...ollo del Medio Rural
Articulo 31 Medidas Econó...edio Rural

Articulo 31 Medidas Económicas, Sociales y Tributarias frente a la Despoblación y para el Desarrollo del Medio Rural

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 31. Mantenimiento de los colegios rurales.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


Con la finalidad de contribuir a la igualdad en el acceso a la educación, así como al mantenimiento y fijación de población en el medio rural, la Administración Regional garantizará la apertura de colegios rurales, en los que se impartan clases de educación infantil y primaria, con ratios adaptadas a las demandas del alumnado en dichas zonas.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 12-05-2021 en vigor desde 01-06-2021