Articulo 31 Medidas Económicas, Fiscales y Administrativas 2003 C. León
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»Artículo 31. Modificación del artículo 122.
Vigente
Se introduce un segundo párrafo en el apartado 2 del artículo 122 de la Ley 7/1986, con el siguiente texto:
«Con carácter previo a la convocatoria de la subvención deberá efectuarse la aprobación del gasto en los términos previstos en la presente Ley.»
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 30-12-2003 en vigor desde 01-01-2004