Articulo 31 Mediación Familiar de Euskadi
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»Artículo 31. Responsabilidad.
Vigente
Son responsables las personas físicas o jurídicas que realicen los hechos tipificados por sí solas, conjuntamente, o por medio de otra persona que les sirva como instrumento.
La responsabilidad será solidaria cuando sean varios los responsables y no sea posible determinar el grado de participación de cada uno de ellos en la comisión de la infracción.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 18-02-2008 en vigor desde 19-02-2008