Articulo 31 Ingreso, prom...icía Local

Articulo 31 Ingreso, promoción interna, movilidad y formación de los funcionarios de los Cuerpos de la Policía Local

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Artículo 31. Actividades de las Escuelas Concertadas.

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Cuando la Escuela solicitante obtenga la condición de Concertada, se establecerán una serie de actividades, encaminadas a mantener un determinado nivel docente de calidad y, fundamentalmente, a evitar desajustes con las enseñanzas impartidas por la Escuela de Seguridad Pública de Andalucía, con la finalidad de lograr una razonable homogeneización en la formación.

A tal fin, profesorado delegado de la Escuela de Seguridad Pública de Andalucía, como cauce directo entre ésta y la Escuela Concertada, asumirá las funciones de coordinación y supervisión de las actividades docentes y calificadoras.

La Escuela Concertada, a través de su Ayuntamiento, presentará en el primer trimestre una memoria anual de las actividades docentes del año anterior, para su aprobación por el Consejo Rector de la Escuela de Seguridad Pública de Andalucía.