Articulo 31 Impuesto sobr...e Gipuzkoa

Articulo 31 Impuesto sobre el Patrimonio de Gipuzkoa

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 31. Devengo del impuesto.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


El impuesto se devengará el 31 de diciembre de cada año y afectará al patrimonio del cual sea titular el contribuyente en dicha fecha.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 19-06-2018 en vigor desde 20-06-2018