Articulo 31 Función Publi...-Derogada-

Articulo 31 Función Publica de Asturias -Derogada-

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Artículo 31.

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1. Los puestos de trabajo de la Administración del Principado de Asturias se clasificarán según la naturaleza de las funciones o tareas que les sean asignadas.

2. Serán clasificados como puestos de confianza o asesoramiento especial aquellos a los que se les asignen funciones de dicha naturaleza.