Articulo 31 Estatuto de l...y usuarias

Articulo 31 Estatuto de las personas consumidoras y usuarias

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 31. Ejercicio del derecho.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


1. Las personas consumidoras tienen derecho a constituir o integrarse en asociaciones u organizaciones para la defensa, representación y consulta de sus derechos y legítimos intereses.

2. El derecho a la representación, participación y consulta de las personas consumidoras o usuarias será ejercido por las asociaciones u organizaciones de personas consumidoras o usuarias directamente o a través de su representación en el Consejo Navarro de Consumo.