Articulo 31 Estatuto de l...nsumidoras

Articulo 31 Estatuto de las personas consumidoras

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Artículo 31. Quejas.

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Se entiende por queja la exposición que realiza una persona consumidora sobre unos hechos que han impedido o dificultado formalizar la relación de consumo para la adquisición, utilización o disfrute de los bienes y servicios frente a la que el ordenamiento jurídico no prevé ninguna reacción inmediata en el ámbito del consumo.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 26-02-2019 en vigor desde 27-02-2019