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Articulo 31 Coordinación de Policías Locales de La Rioja

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Artículo 31. Funciones de las diferentes escalas y categorías.

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1. Sin perjuicio de otras funciones que se les atribuyan de acuerdo con las disposiciones vigentes,corresponderána los funcionarios de cada escala, con carácter general, las siguientes funciones.

a) Escala superior: la organización, dirección, coordinación y supervisión de las distintas unidades y servicios del cuerpo.

b) Escala técnica: la responsabilidad inmediata en la planificación y ejecución de los servicios.

c) Escala ejecutiva: el mando operativo y la supervisión de las tareas ejecutivas de las unidades a su cargo.

d) Escala básica: el cumplimiento de las funciones policiales propias del servicio. La realización de funciones planificadas por sus superiores.

2. Corresponderán, en todo caso, al Jefe del Cuerpo las funciones atribuidas a la escala superior, que deberán adecuarse a las particularidades de organización y dimensionamiento de la plantilla de personal respectiva.

3. Reglamentariamente se establecerán las funciones de las diferentes categorías y se desarrollarán las de las escalas.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 21-05-2010 en vigor desde 22-05-2010