Articulo 31 Comercio, servicios y ferias

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Artículo 31. Obligación de vender

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La oferta pública de venta y la exposición de productos en establecimientos comerciales obliga al titular a su venta a favor de los demandantes que cumplan las condiciones de adquisición, salvo que se trate de artículos u objetos sobre los que se advierta expresamente que no están a la venta o que formen parte de la exposición o del decorado.

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  • Texto Original. Publicado el 03-08-2017 en vigor desde 04-08-2017