Articulo 31 Ciencia, tecn...e La Rioja

Articulo 31 Ciencia, tecnología e innovación de La Rioja

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 31. Estrategia Riojana de Especialización Inteligente.

Vigente

Tiempo de lectura: 2 min

Tiempo de lectura: 2 min


1. El Gobierno de La Rioja, a través de la consejería competente en materia de ciencia, tecnología e innovación, definirá la visión estratégica para alcanzar los objetivos de esta ley, en coordinación con las estrategias nacionales de ciencia, tecnología e innovación, así como los planes estatales de investigación científica y técnica y de innovación.

2. La Estrategia Riojana de Especialización Inteligente es el principal instrumento estratégico en materia de ciencia, desarrollo tecnológico e innovación y contendrá las grandes líneas estratégicas dentro del marco establecido en las estrategias de ciencia, tecnología e innovación españolas y europeas, así como en otros documentos de planificación relacionados con la materia. En ella se definirán para un periodo plurianual y a partir de un diagnóstico previo de partida:

a) Los principios básicos y los objetivos generales, así como los indicadores de seguimiento y evaluación de los resultados.

b) El análisis del patrón de especialización de la región y el establecimiento de las prioridades en las que podrá competir globalmente, que determinarán el esfuerzo financiero de la Comunidad Autónoma teniendo en cuenta las demandas de sectores esenciales de la economía riojana.

c) Los objetivos de los planes y programas de ciencia, tecnología e innovación que desplieguen la estrategia.

d) La coordinación efectiva de la colaboración público-privada, asegurando la protección del conocimiento público.

3. La consejería con competencias en materia de ciencia, tecnología e innovación, con el apoyo del Consejo Riojano de Ciencia, Tecnología e Innovación, elaborará la Estrategia de Especialización Inteligente, la someterá a informe del propio Consejo Riojano de Ciencia, Tecnología e Innovación y de la Comisión Interdepartamental de Ciencia, Tecnología e Innovación y la elevará para su aprobación en el Consejo de Gobierno.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 25-04-2023 en vigor desde 26-04-2023