Articulo 31 -Banco de Esp...de crédito

Articulo 31 -Banco de España- Supervisión y solvencia de entidades de crédito

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Norma 31. Procedimientos internos de evaluación de la idoneidad.

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1. Las entidades y sociedades a que se refiere la norma 30 deberán contar con procedimientos internos adecuados para llevar a cabo, de conformidad con el artículo 25.1 de la Ley 10/2014 y con el artículo 33.1 del Real Decreto 84/2015, la selección y evaluación continua de los cargos sometidos al régimen de idoneidad.

Los citados procedimientos especificarán los órganos que intervienen en la elaboración y aprobación de los informes de idoneidad y los métodos de selección de los candidatos, e identificarán los puestos que van a estar sujetos a evaluación, detallando sus funciones y características.

2. Se deberá evaluar la idoneidad de los cargos indicados en la norma 30. Sin perjuicio de lo dispuesto en las siguientes normas, se mantendrá a disposición de la autoridad competente el resultado de la evaluación, la documentación acreditativa de esta, una relación actualizada de los cargos evaluados y una descripción de sus responsabilidades y funciones.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 09-02-2016 en vigor desde 10-02-2016