Articulo 31 Alojamientos ...ismo rural

Articulo 31 Alojamientos de turismo rural

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 31. Precios.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


1. La actividad de alojamiento en los establecimientos de turismo rural se ajustará al régimen de libertad de precios.

2. Los precios de todos los servicios gozaran de la máxima publicidad, se hará constar el precio por separado de cada servicio, debiendo exponerse de forma clara y de fácil localización y lectura para el cliente. Siempre serán precios finales con todos los servicios e impuestos incluidos.

3. En ningún caso se podrá cobrar a las personas usuarias precios superiores a los que figuren expuestos al público o se hubieran acordado en la reserva.

4. El precio de la estancia se determinará conforme al número de pernoctaciones, entendiéndose incluidos en el mismo los suministros de agua, energía, climatización, uso de ropa de cama y baño, así como la limpieza.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 07-12-2018 en vigor desde 27-12-2018